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Expertos analizan implicancias para la región de los cambios al Código de Aguas

Fecha: 17 noviembre, 2015

Expertos analizan implicancias para la región de los cambios al Código de Aguas

Seminario organizado por nuestra Universidad contará con la presencia de Carlos Estévez, director general de Aguas del MOP, además de especialistas de la Región de Antofagasta.

Un seminario para analizar los alcances de las modificaciones al Código de Aguas aprobadas recientemente por la Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía de la Cámara de Diputados -las que deben ser ahora votadas por la Sala-, realizará este viernes 20 de noviembre nuestra Universidad. La jornada es organizada por el Programa de Mejoramiento Institucional (PMI) de la UCN, junto a otras instancias de nuestra Casa de Estudios, como el Centro de Investigación Tecnológica del Agua en el Desierto (Ceitsaza), el Instituto de Políticas Públicas (IPP), el Centro de Estudios en Derecho de Recursos Naturales (Cedrena) y la Facultad de Ciencias Jurídicas.

Dentro de los invitados expondrá Carlos Estévez, Director General de Aguas del Ministerio de Obras Públicas, quien analizará en detalle el contexto y las implicancias de las modificaciones al cuerpo legal que, entre otros aspectos, define al Estado como garante del acceso de agua potable.

Asimismo, la testera de expertos estará complementada por actores relevantes a nivel nacional y regional, y especialistas en materia de derecho, medio ambiente, innovación y recursos hídricos.

Según indicó Leonardo Romero, Director del Ceitsaza, la importancia de este seminario es que por primera vez se analizarán públicamente a nivel regional las reformas al Código de Aguas presentadas por el Gobierno ante el Parlamento para su discusión y aprobación. “Esta es una instancia donde podremos conocer y analizar las implicancias que dichas reformas significan para la Región de Antofagasta, en donde la escasez de agua es evidente. Esperamos que a través de este seminario las autoridades regionales tomen nota de las conversaciones y conclusiones, y las transfieran o difundan en las instancias legislativas en donde se lleva la discusión definitoria”.

La actividad se llevará a cabo este viernes a partir de las 8:30 horas en el Hotel NH (avenida Ejército 01151). Los cupos son limitados y la asistencia debe ser confirmada al mail ceitsaza@ucn.cl o al fono 55 2651631.

DERECHO
El texto aprobado el pasado 20 de octubre por la Comisión de Recursos Hídricos de la Cámara de Diputados, define el acceso al agua potable y saneamiento como un derecho humano esencial e irrenunciable que debe ser garantizado por el Estado. Además, se establece que siempre prevalecerá el uso para el consumo humano, el uso doméstico de subsistencia y el saneamiento, tanto en el otorgamiento como en la limitación al ejercicio de los derechos de aprovechamiento.

De igual modo, se crea la figura de un permiso transitorio (hasta 2 años) para que los comités y las cooperativas de APR aprovechen las aguas solicitadas -hasta 12 l/s-, mientras se tramita la solicitud definitiva; así como se establece la posibilidad para el Estado de reservar aguas disponibles para otorgarlas en concesión y satisfacer los usos de la función de subsistencia.

Además, la normativa indica que no se podrán constituir derechos de aprovechamiento en glaciares ni otorgarse derechos de agua en las áreas declaradas bajo protección oficial para la protección de la biodiversidad (parques nacionales, santuarios de la naturaleza, monumentos naturales, humedales de importancia internacional -RAMSAR- y reservas de área virgen).

En cuanto a las capacidades del Estado para gestionar el agua, entre las más destacables del proyecto está el fortalecimiento de las atribuciones de la administración para prorratear y redistribuir las aguas y preservar la sustentabilidad del acuífero.

Sobre el fomento del uso efectivo del agua, el proyecto perfecciona el sistema de cobro de patente por no uso, estableciendo un procedimiento de remate más expedito y menos costoso para la administración; y también se crean normas para regularizar los derechos, donde se obliga al titular de un derecho de aprovechamiento de aguas constituido a inscribirlo en el CBR.

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