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“El Estado tiene que atender la protección de los derechos de la infancia considerando también las características de cada región”

Fecha: 2 octubre, 2020

“El Estado tiene que atender la protección de los derechos de la infancia considerando también las características de cada región”

Comenta Dr. Christian Scheechler Corona, profesor de Derecho Penal en la Escuela de Derecho de la UCN Coquimbo

La Convención sobre los Derechos del Niño, el instrumento más importante a nivel mundial para la protección de los menores de edad, fue aprobada el 20 de noviembre de 1989 por la Asamblea General de Naciones Unidas, y ratificada en Chile el 14 de agosto de 1990.

Ya pasaron más 30 años de dicha ratificación, lo que significa que el Estado Chileno está obligado a cumplir con lo que determina el tratado internacional que se rige por cuatro principios: la no discriminación, el interés superior del niño, su supervivencia, desarrollo y protección, así como su participación en decisiones que les afecten, según reseña el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) en su sitio web.

El académico Christian Scheechler Corona, Doctor en Derecho por la Universidad de Deusto, España, profesor de Derecho Penal en la Escuela de Derecho de la Universidad Católica del Norte (UCN) sede Coquimbo, abordó este tema durante un conversatorio organizado por la Clínica Jurídica en el que también participó la abogada Patricia Muñoz, Defensora de la Niñez a nivel nacional.

Y en entrevista con el experto, aseguró que, si bien se han hecho esfuerzos considerables en el país en este ámbito, hay una deuda importante respecto a las garantías de protección de los niños, niñas y adolescentes, especialmente de los más vulnerables.

¿Cuál es la importancia de esta Convención y su alcance en Chile?

“A nivel internacional, este es el instrumento más importante para la protección de los derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. Es tan importante, que es el tratado con más ratificación a nivel mundial y mayor adhesión, porque obviamente se refiere a la protección de uno de los sectores más importantes de la sociedad.

Consagra un catálogo de derechos en distintos ámbitos y además una serie de obligaciones para los Estados, entre ellos Chile, con la finalidad de prevenir el daño a menores de edad, protegerlos y afianzar los derechos que conceden los distintos ordenamientos jurídicos de cada país.

En la práctica, ¿esta Convención se cumple en Chile? Tomando en cuenta lo que sucede con organismos nacionales como el Servicio Nacional de Menores (Sename), que son cuestionados, o en casos de violencia intrafamiliar por ejemplo.

“Lamentablemente, en nuestro país si bien se ha hecho un esfuerzo importante con medidas concretas como la creación de la Defensoría de la Niñez, o la promulgación hace un par de años de la ley que consagra la entrevista video grabada para los niños que han sido víctimas de abuso sexual, también tenemos una deuda considerable en muchos otros ámbitos.

Por ejemplo, hemos visto que la red de Sename ha sido un organismo de vulneración sistemática de los derechos de los niños que están, en general, en condiciones de inseguridad, aislamiento y propensos a violencia no solamente de otros niños, sino de quienes se supone que son garantes de su protección. Se han descubierto redes de prostitución, de pornografía infantil, muchos casos de abuso e incluso muertes dentro de los centros. (…) Por desgracia, no hemos visto acciones definitivas que impliquen un cambio real en este sistema”.

¿Existen organismos o movimientos que velen por el cumplimiento de esta Convención en Chile? y ¿Cuál es el rol de las universidades en este caso?

La propia Convención establece un órgano que es el Comité de los Derechos del Niño que tiene por objetivo examinar el progreso en el cumplimiento de la misma en los distintos países que la han ratificado. Ellos emiten un informe sobre la situación en cada país, y en el caso de Chile, ha develado falencias como la que señalaba anteriormente en el Sename.

Ahora, en cuanto al rol de las universidades, estas pueden colaborar al desarrollo y promoción de los derechos de NNA, ya sea a través de un trabajo institucionalizado, o de sus propios académicos que llevan adelante investigaciones tendientes a detectar falencias en la protección de los derechos de NNA, desde áreas como Derecho, Psicología o Educación. Se pueden proponer al Estado mejoras a nivel de legislación o educación, así que el rol de las universidades es muy importante sin duda.

La UCN, a través de las Clínicas Jurídicas, y de los estudios que hacen los docentes en el ámbito de la niñez, ayuda no solamente en la promoción, sino en la investigación en el ámbito de los derechos de la infancia.

¿Cuál es el desafío que se presenta en regiones a la hora de defender los derechos de los niños, niñas y adolescentes?

“El Estado, al momento de velar por la protección de los derechos de la infancia, tiene la obligación de atender las realidades de cada región, al ser Chile un país tan extenso y con tantas diferencias culturales y demográficas

Ofrecer las condiciones necesarias para que se protejan los derechos de los niños que viven en sectores alejados, o en una región como la nuestra que tiene actualmente los índices más altos de desempleo, es fundamental, porque muchos niños pueden entrar antes de tiempo y en condiciones peligrosas para ellos al trabajo informal. Una de las obligaciones que la Convención entrega a los Estados es la de prevenir, evitar y combatir la explotación infantil en distintos ámbitos como el laboral o sexual, lo que incluye prostitución y pornografía

En el último tiempo, también hemos visto un aumento de casos del abuso sexual infantil por internet en figuras como el cibergrooming, -tipo de acoso con intenciones sexuales de un adulto hacia un menor de edad-, o de fenómenos como la pornovenganza, situaciones que parecen tomar más fuerza a medida que los niños, a causa de la pandemia, están permanentemente conectados”.

Texto: Johana Fernández

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