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Académico de Derecho participa en XVIII Jornadas Chilenas de Derecho Penal y Ciencias Penales

Fecha: 25 octubre, 2022

Académico de Derecho participa en XVIII Jornadas Chilenas de Derecho Penal y Ciencias Penales

Francisco Sanz fue parte de actividad organizada por la Escuela de Derecho de la Universidad de Valparaíso.

El académico de la Escuela de Derecho de Antofagasta de la Universidad Católica del Norte (UCN), Francisco Sanz, participó en las XVIII Jornadas Chilenas de Derecho Penal y Ciencias Penales, organizadas por la Escuela de Derecho de la Universidad de Valparaíso y el Centro de Investigaciones de Filosofía del Derecho y Derecho Penal de la misma casa de estudios.

En la oportunidad, presentó la ponencia “Delitos contra la vida privada y pública: propuestas para la delimitación de las esferas de la vida privada, privacidad e intimidad, frente al ámbito de lo público”.

Respecto a los contenidos de su intervención, el profesor Francisco Sanz detalló que “dentro del tratamiento de los delitos contra el respeto y la protección a la vida privada y pública de la persona y su familia, los artículos 161-A y 161-B del Código Penal incorporan tipos penales cuyo objeto es proteger la privacidad de los individuos. Estas normas reconocen diversas hipótesis en las que un sujeto puede vulnerar la esfera privada de otro, estableciendo igualmente las sanciones frente a la ocurrencia de estas conductas. En este sentido, los alcances de conceptos como ‘privacidad’, ‘vida privada -nociones que se usan de forma indistinta en la presente investigación- e ‘intimidad’ han sido materia de debate, teniendo en cuenta las amplitudes y restricciones que ellos mismos generan, problema asociado a la dificultad para establecer sus definiciones precisas. La necesidad de superar esta controversia adquiere mayor relevancia al observar que la tutela de la esfera personal puede disminuir cuando se trata de sujetos públicos, al encontrarse expuestos a un control más riguroso de sus acciones”.

“En el escenario anterior, y como un aporte dentro de la búsqueda del equilibrio en la relación entre las esferas de lo íntimo, lo privado y lo público -dada la correlación entre estos ámbitos-, en la ponencia se plantearon definiciones de los conceptos ‘derecho a la vida privada’ y ‘derecho a la privacidad’ y establecemos su carácter equivalente, identificando además las diferencias entre estás nociones y el concepto de ‘derecho a la intimidad’”.

Los insumos aplicados para esta exposición se originan en los avances del Proyecto Fondecyt de iniciación N°11221089 (proyecto titulado “Desafíos para la modernización de la Ley Nº19.628 de 1999, de cara al alcance extraterritorial del Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea GDPR”), investigación que apunta al perfeccionamiento del actual régimen jurídico chileno de protección de la información personal, estudio cuyo objetivo central en la formulación de recomendaciones a partir de la identificación de los efectos extraterritoriales del Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea.

“En cuanto a su estructura, la presente investigación comienza analizando el contenido y las críticas formuladas a los artículos 161-A y 161-B del Código Penal, haciendo un énfasis en la problemática identificada en los bienes jurídicos protegidos por dichas normas, representados por la “vida privada” o “privacidad”, y la “intimidad”, con relación a la falta de precisión o de una definición unívoca de estas expresiones. El trabajo continúa examinando las nociones de “vida privada” y del “derecho a la vida privada” (estudio en el que se acude a los aportes del derecho y la doctrina comparada), y avanza con la revisión de los conceptos de la “privacidad” y del “derecho a la privacidad” (aprovechando los insumos de la doctrina comparada), hasta llegar a la noción de “intimidad” y el “derecho a la intimidad”. En una siguiente etapa, la investigación se ubica en la orilla opuesta, representada por la esfera de “lo público”. En la fase final, el trabajo plantea los argumentos a fin de resolver si el “derecho a la vida privada” y el “derecho a la privacidad” tienen o no un carácter equivalente, terminando con las conclusiones originadas dentro de este esfuerzo investigativo.

La presentación del profesor Francisco Sanz en las XVIII Jornadas Chilenas de Derecho Penal y Ciencias Penales, se puede revisar en el siguiente enlace https://bit.ly/3D4F0ln.

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